Las diferentes formas de violencia
digital: Definiciones, abordaje legal y prevención.
La violencia digital, también conocida como ciberviolencia,
se refiere al uso de las tecnologías de la información y la comunicación
(TIC) para llevar a cabo actos violentos, abusivos, hostiles o intimidantes
hacia una persona o grupo de personas. Esta forma de violencia es un
fenómeno que ha surgido con el avance de las tecnologías y el acceso
generalizado a Internet, y se lleva a cabo a través de medios digitales,
como las redes sociales, los correos electrónicos, los mensajes de texto, los
blogs, los foros.
La violencia digital se ha convertido en una preocupación creciente debido a la expansión de las tecnologías digitales y su omnipresencia en nuestras vidas. A través de estas plataformas digitales, las personas pueden perpetrar actos de violencia de forma anónima, lo que dificulta identificar a los responsables y hacerles frente. en línea, los juegos en línea, entre otros.
Esta forma de violencia puede tener un impacto
significativo en la vida de las personas afectadas. Puede causar daños
emocionales, psicológicos y sociales, y en algunos casos, incluso puede
llevar a consecuencias graves como la depresión, la ansiedad, el aislamiento
social e, incluso, el suicidio.
La violencia digital puede
adoptar diversas formas:
1. Ciberacoso
(Cyberbullying): Es el acoso repetido, la intimidación o el hostigamiento
hacia una persona a través de medios digitales, como las redes sociales, los
mensajes de texto, los correos electrónicos, entre otros. El ciberacoso
puede adquirir diversas formas, entre ellas: a) Doxing, cuando se
trata de la publicación no autorizada de información personal y privada de una
persona en línea, como su dirección, número de teléfono o información
financiera. Esto puede llevar a acosadores a acosar física o virtualmente a la
víctima; b) Trolling, consistente en la publicación de mensajes
provocativos, ofensivos o irrelevantes en foros, redes sociales o comentarios
de blogs, con el objetivo de molestar o perturbar a otros usuarios.
2. Grooming: Se
refiere a las acciones de un adulto para establecer una relación de confianza
con un menor de edad a través de medios digitales, con el objetivo de abusar
sexualmente de él o ella. Esta práctica puede dar lugar a otros delitos
como la explotación sexual de menores y la producción o distribución de
pornografía infantil
3. Sexting
no consensuado: Implica la difusión no autorizada de imágenes o videos
de contenido sexual que originalmente fueron compartidos de forma privada.
4. Ciberacoso
sexual (Cybersexual Harassment): Consiste en el acoso de
naturaleza sexual a través de medios digitales, como el envío de mensajes
sexuales no deseados o el intercambio de material sexualmente explícito sin
consentimiento.
5. Difamación
en línea: Se refiere a la publicación y difusión de información
falsa o difamatoria sobre una persona a través de plataformas digitales, con el
propósito de dañar su reputación.
6. Suplantación
de identidad (Identity Theft): Ocurre cuando alguien se hace
pasar por otra persona en línea, ya sea creando perfiles falsos en redes
sociales o utilizando su información personal sin autorización. Es muy común la
practica de Phishing: Los ataques de phishing implican el envío de
correos electrónicos fraudulentos o la creación de sitios web falsos para
engañar a las personas y obtener su información personal, como contraseñas o
números de tarjetas de crédito.
7. Ciberstalking:
Consiste en el seguimiento, el acoso o la vigilancia constante de una persona a
través de medios digitales, invadiendo su privacidad y generando un ambiente de
miedo e inseguridad. El uso de tecnologías de vigilancia en línea y
geolocalización puede permitir a los acosadores rastrear y monitorear los
movimientos y actividades de sus víctimas.
8. Discriminación
y discurso de odio en línea: Implica la propagación de
mensajes o comentarios ofensivos, discriminatorios o de odio dirigidos hacia
individuos o grupos en función de su raza, religión, orientación sexual,
género, nacionalidad, entre otros aspectos.
9. Publicación
no consensuada de imágenes íntimas (Revenge Porn): Es la
difusión de imágenes o videos de contenido sexual sin el consentimiento de la
persona afectada, con el propósito de causarle daño, vergüenza o humillación.
Esta práctica puede derivar en Sextorsión,
es decir el chantaje a una persona utilizando imágenes o videos íntimos
obtenidos sin su consentimiento. Esto puede dar lugar a delitos de
extorsión, amenazas, difusión no consensuada de imágenes íntimas y violación de
la privacidad.
10. Robo
de información personal: Se refiere a la obtención y utilización no
autorizada de datos personales de una persona, como números de identificación,
contraseñas, información bancaria, entre otros, con fines delictivos o dañinos.
Existen otras figuras o comportamientos que pueden ser
considerados como formas de comunicación poco saludables o poco
éticas en las relaciones interpersonales -ya sea en relaciones románticas,
amistades o incluso en el ámbito laboral- pero que no se consideran
específicamente una forma de violencia digital en sí mismas, en la media en
que no exista una intención deliberada de
causar daño o ejercer violencia, aunque pueden constituir una experiencia
dolorosa y generar confusión o angustia emocional para la persona que lo padece:
Ghosting: El término ghosting se utiliza para describir
una situación en la que una persona termina abruptamente toda comunicación y
contacto con otra persona sin ninguna explicación o justificación.
Benching: El benching ocurre cuando una
persona mantiene a otra en "la banca" o en espera, sin comprometerse
completamente en una relación, pero manteniendo cierto grado de interacción
ocasional. Es como tener a alguien como una opción de respaldo, sin mostrar un
interés real o sin avanzar hacia una relación más profunda.
Zombieing: El zombieing se produce cuando
una persona que previamente había dejado de tener contacto o relación
repentinamente "resucita" y retoma el contacto, sin ninguna
explicación o justificación clara sobre su ausencia previa. Es una forma de
volver a aparecer en la vida de alguien sin consideración por el impacto
emocional que pueda tener.
Gaslighting: El gaslighting es un
comportamiento manipulador en el que una persona intenta hacer dudar a otra de
su propia percepción y realidad. La persona que practica el gaslighting busca
distorsionar la verdad, negar hechos o emociones legítimas, y hacer que la
víctima se sienta insegura o cuestione su cordura.
Stashing: El stashing es cuando una
persona mantiene oculta a su pareja o a alguien con quien está saliendo de su
círculo social y no la presenta a sus amigos o familiares. Esta falta de
reconocimiento público puede hacer que la otra persona se sienta ignorada o
menospreciada en la relación.
Es importante tener en cuenta que estas
figuras y comportamientos pueden variar en su gravedad y en su impacto en las
personas involucradas. En general, es esencial fomentar relaciones
saludables, basadas en la comunicación abierta, el respeto mutuo y la
consideración hacia las emociones y necesidades de cada persona.
Las herramientas de inteligencia artificial (IA) pueden
desempeñar un papel importante en la detección y prevención de la violencia
digital. De hecho, existen actualmente diversas aplicaciones y herramientas
que utilizan IA para esos fines. A continuación, se presentan algunas formas en
las que la IA puede ser utilizada para abordar este problema:
1. Detección
de contenido inapropiado: Los algoritmos de IA pueden ser entrenados
para analizar y clasificar automáticamente el contenido en línea en busca de
material inapropiado, como imágenes de violencia, pornografía infantil o
discurso de odio. Estos sistemas de detección pueden alertar a las plataformas
o a los moderadores humanos para que tomen medidas apropiadas. Algunas
aplicaciones, como Norton Family y Kaspersky Safe Kids, ofrecen funciones de
seguridad en línea que utilizan inteligencia artificial para proteger a los
niños de contenido inapropiado, prevenir el acceso a sitios web peligrosos y
supervisar las actividades en línea para garantizar su seguridad y privacidad.
2. Filtrado
y moderación de comentarios: Las herramientas de IA pueden
utilizarse para analizar y filtrar los comentarios y publicaciones en línea, identificando
aquellos que contengan contenido abusivo, ofensivo o violento. Esto puede
ayudar a las plataformas a mantener un ambiente más seguro y evitar que los
usuarios sean expuestos a contenido perjudicial. Plataformas como Facebook,
Instagram, YouTube y Twitter utilizan algoritmos de IA para analizar y filtrar
el contenido inapropiado.
3. Detección
de ciberacoso y grooming: La IA puede ser entrenada para identificar
patrones de comportamiento asociados con el ciberacoso y el grooming. Al
analizar el contenido de mensajes, publicaciones y comportamientos en línea,
los algoritmos pueden alertar a las autoridades o a los administradores de las
plataformas sobre posibles casos de violencia digital. Algunas aplicaciones,
como SafeToNet y AntiBullying Pro, utilizan algoritmos de IA para identificar
patrones de acoso y bullying en los mensajes y publicaciones en línea. Aplicaciones
como Bark y Net Nanny utilizan inteligencia artificial para monitorear las
interacciones en línea de los niños y adolescentes en busca de posibles señales
de grooming.
4. Análisis
de sentimientos y detección de amenazas: Los
algoritmos de IA pueden analizar el lenguaje utilizado en mensajes y
publicaciones en línea para identificar expresiones de odio, amenazas o intenciones
violentas. Estos sistemas pueden ayudar a identificar situaciones de riesgo
y alertar a las personas involucradas o a las autoridades correspondientes.
5. Protección
de la privacidad y seguridad: La IA puede ser utilizada para
fortalecer la seguridad en línea y proteger la privacidad de los
usuarios. Por ejemplo, mediante el análisis de patrones de comportamiento y la
detección de actividades sospechosas, los sistemas de IA pueden ayudar a prevenir
el robo de identidad, el fraude y otros delitos relacionados con la
violencia digital.
La legislación en muchos países está
tratando de abordar la problemática y se están implementando medidas para
prevenir y combatir la violencia digital, así como para proteger a las
víctimas y promover un entorno en línea seguro y respetuoso. El abordaje
jurídico y legal de la violencia digital varía según el país y su marco legal
específico. En general, los aspectos
clave que se deben considerar:
1. Legislación
específica: Es importante que los países cuenten con leyes y
regulaciones claras que aborden la violencia digital en todas sus formas. Estas
leyes deben definir claramente los delitos y establecer las sanciones
correspondientes.
2. Protección
de datos y privacidad: Las leyes de protección de datos y privacidad
son fundamentales para salvaguardar la información personal de las personas y
prevenir el uso indebido de la misma. Estas leyes deben regular la
recopilación, el almacenamiento y la divulgación de datos personales, y
establecer las medidas de seguridad necesarias para proteger la privacidad en
el entorno digital.
3. Cooperación
internacional: Dado que la violencia digital no conoce fronteras, la
cooperación internacional es esencial para abordar estos problemas de manera
efectiva. Los países deben trabajar juntos para intercambiar información,
investigar y perseguir a los delincuentes digitales, así como para proporcionar
asistencia y protección a las víctimas en casos transfronterizos.
4. Sensibilización
y educación: Además de las medidas legales, es fundamental fomentar
la sensibilización y la educación sobre la violencia digital. Esto implica
educar a la población sobre los riesgos en línea, promover el uso responsable y
ético de la tecnología, y brindar información sobre cómo prevenir y responder ante
la violencia digital. La educación en las escuelas y la capacitación para
profesionales también son aspectos importantes de este abordaje.
5. Colaboración
entre sectores: Es esencial que los gobiernos, las empresas de
tecnología, las organizaciones de la sociedad civil y otros actores relevantes
colaboren en la lucha contra la violencia digital. Esto puede implicar la
implementación de políticas y prácticas de seguridad en línea por parte de las
empresas, la creación de líneas de denuncia y apoyo para las víctimas, y la
promoción de la responsabilidad compartida entre todos los actores para crear
un entorno digital más seguro.
En Argentina, la violencia digital está siendo abordada a
través de diferentes leyes y regulaciones que buscan sancionar y prevenir
estos actos. A continuación, se mencionan algunas de las leyes y
disposiciones legales relevantes:
·
Código Penal: los delitos cometidos a través
de medios digitales pueden ser sancionados a través de diferentes
disposiciones, como los delitos de calumnias, difamación, amenazas, extorsión,
etc.
·
Ley Nº 23.592 Antidiscriminacion
·
Ley N° 26.388 de Delitos Informáticos
·
Ley N° 25.326 de Protección de Datos
Personales
·
Ley N° 26.904 de Grooming
·
Ley N° 26.061 de Protección Integral de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
·
Ley N° 26.485 de Protección Integral a las
Mujeres
·
Ley Nº 27.580 que aprueba el Convenio N° 190 OIT Sobre La Eliminación De La Violencia Y El
Acoso En El Mundo Del Trabajo
Las sanciones por violencia digital pueden incluir penas
de prisión, multas económicas y medidas cautelares, dependiendo
de la gravedad y las circunstancias del caso.
A modo de conclusión debe resaltarse que es importante
denunciar cualquier acto de violencia digital a las autoridades competentes
para que se puedan llevar a cabo las investigaciones y acciones legales
correspondientes. Es fundamental consultar fuentes oficiales y asesorarse
con profesionales del derecho para obtener información actualizada y precisa
sobre la legislación vigente en materia de violencia digital en Argentina.
Nuestro próximo
posteo de la serie de divulgación sobre nuevas tecnologías y ciencias jurídicas
será el lunes 26/06: “ La problemática jurídica en relación con el sesgo algorítmico”
| El texto y la imagen ilustrativa fueron
generados con ayuda de herramientas de inteligencia artificial
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Estudio Aníbal Paz _ Gabriela Zurita –
Abogados
(011) 155-948-1888
www.instagram.com.ar/estudio_paz_zurita_abogados
Aníbal Paz – abogado especialista - MP CAC 1-32556
(Cba) - CPACF T°102 F°454 (BsAs) - CSJN T° 500 F°669 (Fed)
Gabriela Zurita Donda - abogada – escribana - MP
CAC 1-34458 (Cba) - CSJN T° 502 F°465 (Fed)
#NuevasTecnologías #ViolenciaDigital #Divulgacion
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