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jueves, 6 de agosto de 2009

MEDIA SANCION EN CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION PARA EL PROYECTO DE LEY DE JUBILACION ESPECIAL PARA DOCENTES UNIVERSITARIOS.

Comunicado de prensa de FEDUBA

Lea nuestos anteriores publicaciones y comentarios al respecto:

1- PROYECTO DE LEY DE JUBILACION ESPECIAL PARA DOCENTES UNIVERSITARIOS. ¿SE PONE FIN A LA DISCRIMINACION? Por Aníbal Paz - Publicado en Comercio y Justicia, Sección Leyes y Comentarios, el día 02 de junio de 2009.-

2- AMPLIAN JUBILACION ESPECIAL 82%: los DOCENTES QUE CUMPLEN TAREAS DE GESTIÓN COMO AUTORIDADES UNIVERSITARIAS pueden acceder al beneficio jubilatorio especial del decreto 160/05, debiendo efectuar aportes personales adicionales del 2%.

COMENTARIOS RELACIONADOS:

UNA REPARACION HISTORICA (COMERCIO Y JUSTICIA - 01/03/2005)

JURISPRUDENCIA FAVORABLE PARA JUBILADOS POR REGIMENES ESPECIALES.( COMERCIO Y JUSTICIA - 07/04/2006)

UNA NUEVA OPORTUNIDAD PARA QUE LA CORTE SUPREMA FALLE A FAVOR DE LOS JUBILADOS: imposición de costas a la ANSES por inaplicabilidad de la ley de Solidaridad Previsional. (COMERCIO Y JUSTICIA - DÍA 23/07/2007)

¿QUIENES PUEDEN ACCEDER A UNA JUBILACION MÓVIL? - Especial Referencia a los Docentes Universitarios (COMERCIO Y JUSTICIA - 25/09/2007)


SOBRE DOCENCIA UNIVERSITARIA VÉASE TAMBIEN:


LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS INTERINOS SI TIENEN DERECHOS - Comercio & Justicia 15/04/09

LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS INTERINOS SI TIENEN DERECHOS - SEGUNDA PARTE -
Comercio & Justicia el 20/05/09

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