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martes, 5 de agosto de 2008

RECORTE DE HABERES JUBILADOS PROVINCIALES Y REFORMA PREVISIONAL

ACCION DE AMPARO PARA EVITAR EL RECORTE



Como es de público conocimiento las recientes reformas en la ley previsional de la Provincia de Córdoba son enormemente perjudiciales para los jubilados.

En tal sentido hoy la Justicia de Córdoba ha emitido el primer amparo favorable, que incluye una medida cautelar consistente en que no deben efectuarse las quitas hasta tanto el juez resuelva sobre la inconstitucionalidad de la Ley.

Para que a UD le quede más claro el panorama:
• si Ud cobra hasta 5000 pesos no recibirá quitas
• si Ud cobra entre 5000 y 6500, se le descontará un 22%
• si Ud. cobra entre 6500 y 8600, se le descontará un 25%
• si Ud cobra más de 8600, se le descontará un 27%

Estos porcentajes son claramente confiscatorios: veamos tres ejemplos:

CASO 1: JUBILADO que PERCIBE $6000

Se le descontarán 1000 pesos por mes del bruto, sobre los 5000 restantes deberán hacerse los descuentos de ley (Apross, ganancias, Seguro de vida, de sepelio, etc)
En los dos años que están previstas las quitas, el jubilado dejará de percibir la suma de $24000.
Esos 24000 serán “devueltos” dentro de 8 años en bonos con una tasa mínima (equivalente a la que paga el banco de Córdoba para cajas de ahorro) lo que significa (a tasas actuales) que el interés sería de ¡$10137 en 8 años!.
No sólo la quita es confiscatoria, sino que también la devolución del recorte con esa tasa miserable es inadmisible. En ese mismo lapso, a una tasa de interés compensatoria mínima del 2% mensual le correspondería como interés una suma de $46080.


CASO 2: JUBILADO que PERCIBE $9000

Se le descontarán 2430 pesos por mes del bruto, sobre los 6570 restantes deberán hacerse los descuentos de ley (Apross, ganancias, Seguro de vida, de sepelio, etc)

En los dos años que están previstas las quitas, el jubilado dejará de percibir la suma de $58320.
Esos 58320 serán “devueltos” dentro de 8 años en bonos con una tasa mínima (equivalente a la que paga el banco de Córdoba para cajas de ahorro) lo que significa (a tasas actuales) que el interés sería de ¡$10137 en 8 años!.
No sólo la quita es confiscatoria, sino que también la devolución del recorte con esa tasa miserable es inadmisible. En ese mismo lapso, a una tasa de interés compensatoria mínima del 2% mensual le correspondería como interés una suma de $46080.



CASO 3: JUBILADO que PERCIBE $12000

Se le descontarán 3240 pesos por mes del bruto, sobre los 8760 restantes deberán hacerse los descuentos de ley (Apross, ganancias, Seguro de vida, de sepelio, etc)

En los dos años que están previstas las quitas, el jubilado dejará de percibir la suma de $77760.
Esos 77760 serán “devueltos” dentro de 8 años en bonos con una tasa mínima (equivalente a la que paga el banco de Córdoba para cajas de ahorro) lo que significa (a tasas actuales) que el interés sería de ¡$32845 en 8 años!.
No sólo la quita es confiscatoria, sino que también la devolución del recorte con esa tasa miserable es inadmisible. En ese mismo lapso, a una tasa de interés compensatoria mínima del 2% mensual le correspondería como interés una suma de $149299.

Los números hablan por sí solos. Pero en ellos no se agotan todos los supuestos. Así, los jubilados de la Provincia que actualmente están en actividad (en relación de dependencia o cuenta propia) percibirán sólo hasta el doble de la jubilación mínima, perdiendo el derecho a percibir el resto de sus haberes, hasta tanto abandonen la actividad. El caso más claro es de los profesionales independientes (médicos, arquitectos, abogados, etc.) quienes en todos los casos se verán privados de una parte sustancial de sus ingresos.


Por ello es que difundimos este mensaje a fin de que UD evalúe la conveniencia de iniciar de manera urgente una acción de amparo.
Sólo Ud puede defender sus derechos.


Consúltenos.

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