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viernes, 14 de agosto de 2009

OTRO FALLO DE LA CORTE SUPREMA FAVORABLE A LOS JUBILADOS

LOS JUBILADOS PROVINCIALES TRANSFERIDOS A LA NACION DEBEN PERCIBIR SUS HABERES SIN QUITAS Y SIN TOPES.



En la causa Francisca América Aban c/ ANSeS”, el Máximo Tribunal determinó que los jubilados provinciales de las Cajas transferidas a la Nación, deben cobrar sus jubilaciones con la movilidad y sin tope, tal como lo establecen las condiciones fijadas por las leyes locales por las que se jubilaron antes de ser transferidos.

Una quita de la prestación que es inaceptable, toda vez que ha sido efectuada de modo intempestivo, unilateral, sin atenerse al principio de legalidad ni a las reglas del convenio de transferencia, que no consienten reducción o limitación alguna al monto del haber legítimamente determinado

Proximamente en www.estudioanibalpaz.com.ar ampliaremos el comentario.

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