EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DISPUSO AVALAR EL RECLAMO RETROACTIVO DE LOS JUBILADOS PROVINCIALES POR EL 82% MOVIL
En el día de ayer se conoíó el último fallo del TSJ que dispone el pago de los retroactivos a los jubilados provinciales que oportunamente iniciaron juicios de reajuste en contra de la CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA. El retroactivo a reclamar es sólo desde la fecha del reclamo, al que deberán adicionársele intereses de acuerdo al promedio de la tasa pasiva.
El fallo tiene como antecedentes el Decreto 1777/95 que fue declarado inconstitucional por la coprte Suprema de Justicia de la Nación en julio del corriente. Posteriormente el gobernador derogó el mencionado decreto, y a partir de agosto los jubilados provinciales recuperaron en su toçtalidad el 82% movil.
lo que dispuso el TSJ en el fallo de ayer es la viabilidad del reclamo por los retroactivos y el método del cálculo de intereses, además de fijar otras pautas relevantes, que servirán para delimitar los casos en que pueden prosperar los reclamos.
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miércoles, 10 de octubre de 2007
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