JUBILADOS PROVINCIALES DE CORDOBA – DEROGACIÓN DEL DECRETO 1777/95
¿QUIENES PUEDEN RECLAMAR LA DEVOLUCIÓN DEL 82% MÓVIL?
• JUBILADOS PROVINCIALES
• QUE PERCIBAN HABERES SUPERIORES A $ 1.628,00. Debe tenerse presente que también tienen posibilidad de reclamar el 82% móvil quienes perciben menos de dicha suma. Esto es así por que, cuando se “restituyó” el 82% móvil a los jubilados provinciales, a través del Convenio de Armonización Previsional (CAP), el incremento resultante no se estableció como si fuera “a cuenta” del 82%. Esto significa que bien podría tratarse de un beneficio distinto, con lo cual pueden los jubilados que cobran menos de $1628 reclamar la devolución del 82%.
¿QUE SE OBTIENE RECLAMANDO EL 82%?
Como el Gobernador derogó el dto. 1777/95, todos los jubilados provinciales que perciban más de $ 1628 obtienen un reajuste automático de sus haberes a partir de agosto – se cobra en septiembre. Pero como no se establece la posibilidad de devolver el 82% por los años en que no se otorgó, los jubilados pueden reclamar el retroactivo por el monto adeudado por los últimos dos años. Pero también se está discutiendo judicialmente la posibilidad de que el retroactivo se extienda más allá de los dos años, para devolver a los jubilados exactamente los que se les quitó indebidamente en su momento.
En definitiva, quienes reclaman tienen garantizado la devolución del retroactivo por dos años, con posibilidades concretas de obtener el retroactivo completo desde la fecha de la quita o desde la fecha de la jubilación si esta sucedió con posterioridad a 1995.
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viernes, 10 de agosto de 2007
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2 comentarios:
Y que dice Kirchner a todo esto?
RESPUESTA: en realidad el presidente no ha dicho nada al respecto ya que el decreto ha sido derogado por el gobernador y la mayor erogación deberá afrontarla la provincia. al respecto recomiendo que lea nuestra columna publicada en comercio y justicia el dia 31/07/2007: LA DEVOLUCION DEL 82% MOVIL A LOS JUBILADOS PROVINCIALES (EN PLENA CAMPAÑA ELECTORAL)
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