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martes, 2 de septiembre de 2008

PENSION POR VIUDEZ PARA PAREJAS DEL MISMO SEXO

Notorio avance en la cobertura de las prestaciones de Seguridad Social.


En una acertada medida de alcance nacional ANSES reconocerá el beneficio de pensión por viudez a las parejas del mismo sexo. El sistema de pensión, hasta ahora exclusivamente para parejas heterosexuales, está basado en la convivencia y que ahora se hace extensiva a las parejas homosexuales lo que significa un avance en materia de derechos Humanos, así como un accionar del Estado que favorece el trato igualitario y antidiscriminatorio.

Requisitos:

1- Convivencia de al menos 5 años.
2- Esa convivencia se podrá acreditar documentalmente, mediante las siguientes probanzas:
* Inmuebles en común
* Cuentas bancarias en común
* Inmueble a nombre de uno de los convivientes, y los servicios eran pagados por el otro.
* (Consultar por otras pruebas)
3- El fallecido genera derecho a pensión a favor de su conviviente viudo, habiéndose producido el deceso estando en actividad o bien al momento de ser beneficiario de jubilación.
4- El causante (fallecido) debe haber sido al momento de su deceso aportante regular o bien aportante irregular con derecho.
5- En caso de aportes faltantes, es posible completarlos a través de la Moratotia de ley 24476.

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